domingo, 30 de noviembre de 2014

Una jueza reconoce a miles de funcionarios los días de antigüedad que les quitó Rajoy




Los errores cometidos por el Gobierno de la Nación revestidos de legalidad a través del Real Decreto (popularmente el llamado Decretazo) de 13 de julio de 2012 en el que se disponían medidas de recorte para garantizar "la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad", en relación a la pérdida de derechos adquiridos "sagrados" y conquistados a lo largo de más de treinta años en el ámbito de la función pública, está asistiendo continuamente a la desautorización de los recortes por vía judicial.

En primer lugar han sido numerosos los Tribunales de Justicia que han fallado favorablemente a los intereses de los trabajadores a que se haga efectiva la devolución de la parte proporcional de la paga extraordinaria de navidad de 2012 (concretamente 44 días que ya se habían devengado a la fecha de publicación del citado "Decretazo"). 

El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, el Sr. Montoro, tras comprobar que la medida de recorte en los días de libre disposición (moscosos y canosos) no conllevó el ahorro que se esperaba y si un malestar generalizado ha venido a resarcirse de su error con la devolución de los mismos, pero eso sí a cuentagotas y en el ánimo de que nos está reganlado algo.

Ahora le toca el turno a los días de antigüedad que nos quitó Rajoy y que se disfrutaban en un número de días dependiendo de la cantidad de años de servicios de cada empleado. En nuestro Convenio Colectivo quedaba claramente reflejada la fórmula mediante la cual venían adquiriéndose el derecho al cúmulo de esos días, si recordáis "un día más por cada trienio cumplido y hasta un máximo de......"

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Adminstrativo número 6 de Bilbao ha fallado en contra del Ejecutivo vasco en el litigio que mantenía abierto en la Ertzainza, y que también tienen abierto otros sectores de la Administración vasca, en relación a los días de antigüedad.

La jueza, que apunta que esos días de vacaciones "participan de la naturaleza propia del derecho al descanso", invoca jurisprudencia europea y del Supremo para apoyar su interpretación. 

La magistrada sostiene que al igual que el devengo de los 44 días de la paga extraordinaria de navidad se consolidó como un derecho económico  adquirido, el derecho a un mayor tiempo de descanso nace de la misma causa, es decir, del trabajo realizado a lo largo de un tiempo determinado. Esta magistrada no alberga dudas sobre que el permiso de días de antigüedad tiene la naturaleza de vacaciones generadas a lo largo de los años de servicio y que por ello el "decretazo de Rajoy" no que puede afectar a los días de antigüedad que el trabajador hubiera adquirido en su carrera administrativa hasta la entrada en vigor del mimo porque ello supondría una retroactividad propia o de grado máximo prohibida por el artículo 9.3. de la Constitución.

Esperamos que el Gobierno pronto, y esperemos que en menor tiempo que el que ha tardado en reconocer la devolución de parte de la  paga extra, reconozca el derecho que teníamos adquirido a los días de antigüedad.

No obstante y desde la UGT se viene valorando la posibilidad de iniciar procesos judiciales a fin de que se nos restituya este derecho en el menor plazo de tiempo posible.

Os seguiremos informando de las repercusiones que esta sentencia puede tener para los trabajadores del Ayuntamiento de Algeciras.





martes, 25 de noviembre de 2014

Acude a las manifestaciones el 29 de noviembre


Jornada de manifestaciones el 29 de 

noviembre bajo el lema 

“Dignidad y Derechos”


UGT y CCOO han decidido impulsar el 29 de noviembre -en algunas comunidades, la fecha está por determinar- una jornada de manifestaciones en todo el país, bajo el lema “Dignidad y Derechos”,  frente a las políticas económicas y sociales del Gobierno, que quedan reflejadas en los PGE 2015, y para influir en el desarrollo del diálogo social, que está teniendo lugar, fundamentalmente en lo que afecta a la inversión y los servicios públicos, el empleo de calidad, la recuperación del poder adquisitivo de los salarios y de manera singular, la protección a las personas desempleadas. 

Ambos sindicatos expresarán igualmente su rechazo de la ley de seguridad ciudadana y reiterarán su denuncia de los procedimientos administrativos y penales abiertos a centenares de sindicalistas y en defensa de la libertad sindical.

UGT y CCOO han remitido una circular a todas sus organizaciones para que preparen y organicen las manifestaciones del 29N en sus comunidades autónomas, si es posible en colaboración con el resto de movimientos y colectivos, entre ellos la Cumbre Social, que también por esas fechas convocan movilizaciones ciudadanas. 

La movilización unitaria nos hará más fuertes, recuerdan UGT y CCOO, especialmente si tenemos en cuenta que las demandas y objetivos del diálogo social coinciden en buena medida con las reivindicaciones de los movimientos y colectivos sociales.​

viernes, 21 de noviembre de 2014

UGT gana el juicio donde reclamaba la igualdad en el disfrute del permiso por lactancia en CEPSA

El Juzgado de lo Social N.1 de Huelva emite una sentencia a favor a la denuncia interpuesta por UGT, concediendo el derecho al permiso de lactancia por parte de cualquiera de los progenitores incluso cuando uno de ellos no está trabajando, durante los primeros nueve meses del bebé.
La denuncia que hacía la UGT en este conflicto buscaba el reconocimiento del derecho de los trabajadores al permiso de lactancia sin que exista la limitación en caso de que uno de los progenitores no trabaje.
El art. 59. del convenio colectivo de Cepsa regula que los trabajadores, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrán dividir en dos fracciones. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre, en caso de que ambos trabajen. Esta redacción fue introducida para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras así como una técnica indirecta para la consecución del principio de igualdad.
La sentencia emitida el pasado 27 de octubre reconoce que el permiso de lactancia es un derecho individual, por lo que en la práctica, tiene que ser indiferente que uno de los dos progenitores no trabaje, y no tendría sentido que el trabajador quedase privado de la posibilidad de disfrutar del derecho como consecuencia de que su pareja no desarrollase una actividad por cuenta ajena.
En definitiva, es indiferente que la madre o el padre no trabaje, ya que cualquiera de ellos puede disfrutarlo, sin que quede condicionado a la situación laboral de la pareja. El único límite, es que no lo pueden disfrutar los dos de forma duplicada, sino sólo uno de ellos.
De esta forma el permiso de lactancia podrá tener el efecto positivo para cualquier trabajador o trabajadora sin discriminación de sexos, ya que les permite dedicar tiempo a la crianza del hijo sin ver perjudicada su vida laboral, y que uno de los componentes de la pareja no esté trabajando no priva al otro de su derecho a disfrutar del permiso de lactancia.
FITAG UGT celebra el fallo, que atiende a la lucha de este sindicato por favorecer la igualdad entre trabajadores y trabajadoras, así como la conciliación de la vida familiar y laboral.

sábado, 15 de noviembre de 2014

El protocolo a seguir ante las injurias y las amenazas en internet



En nuestro Ayuntamiento hemos sufrido en innumerables ocasiones el que algún que otro sinvergüenza, entendiéndose  como tal aquella "persona" que comete actos ilegales en provecho propio o que incurre en inmoralidades o faltas de ética, arremeta contra los empleados municipales mintiendo, calumniando, sesgando la información, etc. En definitiva como comentábamos, cometiendo actos ilegales (existen sentencias condenatorias sobre "algún que otro") para sacar provecho propio.

Hacer mención que estas irregularidades se han ido cometiendo tanto en las redes sociales de las que hace mención el artículo que reproducimos a continuación, así como en otras como blogs e incluso en medios digitales registrados legalmente como medios de información.

Pero si algo tenemos claro en la Unión General de Trabajadores, es que el tiempo va poniendo a cada uno en su sitio.

Por ello hemos querido reproducir el artículo editado por El Confidencial para que en el caso de que alguién crea que se está vulnerando algún derecho,  sepa actuar en relación a los protocolos establecidos.

Las denuncias por injurias y amenazas en las redes sociales cada vez más están colapsando los órganos judiciales españoles. Los procedimientos incoados por hechos ilícitos relacionados con las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) ascendieron el pasado año a 11.990, lo que supone un aumento del 50,64% en comparación con los 7.957 del anterior, según laMemoria Anual de la Fiscalía.

El incremento de este tipo de delitos no puede llegar en peor momento. Actualmente nada menos que un 43,53% de los juzgados soportan una carga de trabajo superior al 150% de la media fijada por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), según el informe Órganos que sobrepasan el 150% que el propio CGPJ publicó el pasado mes de octubre.

Las redes sociales son utilizadas para comunicarse y compartir información entre los usuarios. Sin embargo, en ocasiones esos canales de comunicación se utilizan para proferir amenazas, injurias, calumnias o llevar a cabo conductas de acoso. Las plataformas favoritas son Facebook y Twitter. Lo que sucede en la mayoría de estos casos es que los infractores no son conscientes de que están cometiendo un delito.

A pesar de que estas actividades se suelen llevar a cabo bajo el paraguas del anonimato, existen medidas a tomar para denunciarlas.

Recopilar toda la información posible

Lo primero que se recomienda hacer si se es víctima de uno de estos delitos es recopilar la mayor cantidad de pruebas posible. Según ha explicado Portal Ley a Teknautas, "valen capturas de pantalla o fotografías de las amenazas o insultos, aunque lo mas aconsejable es levantar acta notarial de los contenidos".

Esto servirá para fundamentar los hechos ante un tribunal y también facilitará la identificación del autor o autores.



En este sentido conviene recordar que la Guardia Civil ya cuenta con una herramienta que permite inmortalizar desde un insulto o amenaza en redes sociales a un fraude, timo o estafa. La empresa eGarante, cien por cien española y especializada en certificar contenidos en internet, se alió el pasado mes de julio con la Guardia Civil para incluir en su portal de colaboración ciudadana la herramienta técnica que permite probar la comisión de una infracción administrativa o penal a pesar de que el contenido haya sido manipulado o borrado de la red.

Desde el portal de los expertos informáticos del instituto armado y a través de los apartados Quiero informar o Quiero denunciar, el ciudadano tan sólo debe rellenar un formulario y adjuntar la dirección web (URL) de esa página que aloja, según sus sospechas, algún contenido delictivo. El denunciante también puede enviar esa dirección a un correo electrónico de eGarante con la URL, que queda automáticamente capturada, guardada en formato PDF y remitida al ciudadano de forma gratuita.

Cómo saber qué derecho está siendo agredido

Que un usuario tenga una opinión diferente o realice una simple crítica a otro no debe interpretarse como un insulto, una injuria o una calumnia. Algo bastante frecuente en derecho.

El delito de calumnias según el artículo 205 del Código Penal, es "la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad". Por su parte, el delito de injurias se incluye en el artículo 208 del Código Penal y consiste únicamente en "la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación".

"La criminalidad real es muy superior a la oficial. Existe una cifra negra muy importante en este tipo de delitos.

El delito de calumnias es más difícil de cometer, edemás de conllevar una pena mayor. Las injurias sin embargo es el delito en el que más usuarios de redes sociales caen"

Según Cristina Sirera, experta en Protección de Datos del despacho Elzaburu "la razón se encuentra en que somos nuevos en internet y la mayoría de ciudadanos cree que puede decir lo que quiera. No son conscientes de que están cometiendo un delito"

En ambos supuestos el Código Penal aclara que la gravedad de la pena depende de factores como por ejemplo que se haga publicidad. Pero es que el hecho de que estos delitos se estén cometiendo en internet conlleva que la difusión sea máxima y el perjuicio mayor. Por tanto, también la condena.

"La criminalidad real en este tipo de delitos es muy superior a la oficial. Existe una cifra negra de la que no se está hablando. Este incremento obedece a que existe una mayor facilidad de cometer el delito y los que incurren en él se amparan en el anonimato. Sin embargo y paradójicamente, nuestra legislación española y en particular la penal, es muy dispersa al respecto. No existe ningún apartado relacionado con las tecnologías de la información que aglutine todos los tipos y solucione los problemas", ha añadido Fernando Santa Cecilia, catedrático de Derecho Penal de la UCM.

Denunciar ante la red social y las autoridades

Redes sociales como Facebook o Twitter ponen a disposición de sus usuarios mecanismos para denunciar estas situaciones de hecho, en caso de haber sido víctimas de injurias, calumnias o acoso.



















Para denunciar en Facebook es necesario hacer click en Acciones (en la parte superior derecha), y después en Denunciar spam o abuso. Por su parte, en Twitter hay que pulsar en el botón de Ajustes, desde donde se puede bloquear o reportar. Una vez hecho esto aparece la opción de Este usuario es abusivo. Ahí aparecen las limitaciones que impone Twitter y consejos sobre qué hacer.

Además, se recomienda iniciar acciones legales. El principal problema en estos casos es hacer frente al anonimato. "El principal problema es de prueba. En estos casos cuantas más se tengan mejor", ha concluido Santa Cecilia.

Recientemente el Ministerio del Interior reforzó la lucha contra el cibercrimen mediante la creación de una nueva Unidad Central de Investigación de delitos Tecnológicos que, entre otras cuestiones, ya se encarga de perseguir las actividades delictivas en las redes sociales. Entre sus funciones está la de perseguir los delitos que impliquen el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación así como el cibercrimen a nivel nacional e internacional.